Exhorta SAT a presentar declaración anual a personas físicas
El Servicio de Administración Tributaria, exhorta a los contribuyentes a cumplir con la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2022, antes de mayo.
- Por: Alfredo Uvalle
- 19 Abril 2023, 18:14
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), exhorta a los contribuyentes a cumplir con la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2022, antes del próximo 02 de mayo, siendo necesario contar con RFC, contraseña y firma vigente, es decir todos los que trabajen de manera profesional e independiente, deberán de cumplir en tiempo y forma con esta obligación.
Yadira Mendoza Delgado, Administradora local del SAT en Ciudad Victoria, dijo que los contribuyentes que tengan arrendamiento por cobro de rentas por algún local o alguna casa habitación y también para aquellas personas que son profesionistas, que por su desempeño como arquitectos, abogados, contadores públicos, ingenieros, o en cualquier modalidad que tengan de estudio y que trabajan bajo su situación profesional independiente que extiendan facturas por sus servicios, deberán de cumplir con la declaración anual 2022.
Es importante mencionar que para las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza, (RESICO), será la primera vez que deben presentar su declaración anual.
Dijo que algunos contribuyentes no cumple con esta obligación en tiempo y forma, por lo que exhortó a evitar multas por incumplimiento, que van desde los 14 mil a los 28 mil pesos.
"En el caso del cumplimiento de las declaraciones, las personas físicas son en mayoría asalariadas, es un 70% del padrón que tenemos aquí del RFC y de estos contribuyentes que nosotros atendemos pues la mayoría cumple en tiempo porque la mayoría de ellos tiene saldo a favor", señaló.
La fecha límite para presentarla es el 2 de mayo y están obligadas las personas que reciban ingresos por sueldos y salarios o asimilados a salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, cobro de rentas por algún bien inmueble, intereses o dividendos, enajenación o adquisición de bienes y régimen simplificado de confianza.
"Entonces todos estos empresarios tienen que presentar esta declaración anual hasta el 02 de mayo es el vencimiento, para ello pues es importante mencionarles que todo se hace a través de internet por medio de la página de www.sat.gob.mx, y para ello requieren solamente contar con una contraseña, o bien si cuentan con su firma electrónica avanzada", dijo Mendoza Delgado.
Compartir en: