Trife da aval para la elección de jueces y magistrados
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde para que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con proceso electoral de junio del 2025 en el que se elegirán a los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial federal.
Por mayoría de votos, el máximo tribunal electoral sostuvo que los jueces de distrito no pueden suspender con sus amparos el proceso electoral en curso porque realizar elecciones es un mandato constitucional que tiene el INE.
“Sentido: Se declara procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral y determina que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo de esa autoridad respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
La sentencia fue aprobada por mayoría de votos de los magistrados Mónica Soto Fragoso, Felipe Fuentes Barrera y el ponente Felipe de la Mata Pizaña, mientras que quienes votaron en contra fueron los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otalora Malassis.
La resolución de la sala superior obedece a petición de “acción declarativa” que les solicitó el pleno del INE al tener 160 amparos enviados por jueces de distrito quienes ordenaban suspender el proceso electoral de junio próximo.
“Esta es una sentencia declarativa, yo sostengo de manera categórica que es constitucionalmente inviable que el INE suspenda actos relacionados con el desarrollo de los procedimientos electorales, en especial de las personas juzgadoras”, señaló en la sesión el magistrado ponente.
Los magistrados que votaron en contra pidieron que el tema se archivara hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera una controversia en contra de la reforma judicial.
De la Mata respondió que en materia electoral, cuando un proceso está en curso, todos los temas “son urgentes” por los jueces no pueden suspenderlo, así como ellos tampoco tienen facultades para “divorciar” personas.
Señaló que esperar a que la Corte resuelva implicaría mucho tiempo, incluso años porque los ministros no tiene plazos y el proceso electoral ya está en curso.
“El sentido y texto del artículo 41 de Constitución dice que no hay suspensión, en ese sentido la propia Corte no podría suspenderlo, la corte también está obligada al cumplimiento de la Constitución, no podría suspender un proceso (electoral) ni podría suspender este asunto si estuviera relacionada.
“Los plazos del proceso están corriendo y son urgentes y la Corte no tiene un plazo para resolver, pudiera tardarse un año o dos, así ha pasado muchas veces con asuntos que tienen que ver con temas electorales, pero con asuntos que tienen que ver con un proceso en curso no, no, por eso es la especialidad de la materia”, afirmó.
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