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Recibe Congreso de la Unión reforma para perseguir el feminicidio

Por: Carlos Nava

22 Julio 2026, 15:51

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La iniciativa contempla una pena base de 50 a 70 años de prisión, además de una multa de mil a dos mil UMAS, escalable si ocurre una de las 19 agravantes

Recibe Congreso de la Unión reforma para perseguir el feminicidio
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La Comisión Permanente del Congreso de la Unión recibió la iniciativa enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio, una propuesta que busca unificar el tipo penal en todo el país y endurecer las penas contra los agresores.

El proyecto, turnado por la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo, a las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género, de Justicia, y de Estudios Legislativos Primera de la Cámara Alta, plantea un marco legal único para frenar las disparidades de criterio entre las entidades federativas.

Penas severas y pérdida de patria potestad

La iniciativa contempla una pena base de 50 a 70 años de prisión, además de una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Asimismo, establece un incremento de hasta una mitad de la pena si concurren alguna de las 19 agravantes señaladas, entre las que destacan:

  • Que la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o mujer embarazada.

  • Que pertenezca a una comunidad indígena.

  • Que se realicen actos dirigidos a ocultar o impedir la identificación de la víctima.

Adicional a la privación de la libertad, la ley prevé sanciones complementarias para el agresor, como la pérdida de la patria potestad sobre los hijos en común y la cancelación de cualquier derecho sucesorio sobre los bienes y propiedades de la víctima.

Unificación del tipo penal a nivel nacional

Construido en cinco títulos, 62 artículos y 12 transitorios, el proyecto publicado en la Gaceta Parlamentaria abarca desde la prevención y los derechos de las víctimas hasta la reparación integral del daño y la investigación del delito.

Entre las razones de género contempladas para tipificar la privación de la vida como feminicidio se incluyen:

  • Antecedentes de violencia sexual o lesiones degradantes (como ataques con ácido o ahorcamiento).

  • Relación sentimental, afectiva o de pareja entre la víctima y el agresor.

  • Incomunicación, desaparición o privación ilegal de la libertad previa al homicidio.

  • Exposición, ocultamiento, incineración o depósito del cuerpo en espacios de acceso público.

Coordinación entre niveles de gobierno

El texto plantea establecer reglas de coordinación claras entre la Federación, los estados, municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, garantizando un enfoque transversal en las políticas públicas de prevención y persecución de la violencia de género.

Con esta propuesta, se busca asegurar un trato institucional diferenciado e inclusivo para niñas, adolescentes, mujeres indígenas y personas con discapacidad, garantizando el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en todo el territorio nacional.

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