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Profepa clausura desarrollo turístico ilegal en Morelos

Por: Carlos Nava

20 Octubre 2026, 16:35

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El operativo se llevó a cabo el pasado 15 de octubre y contó con la participación de inspectores federales ambientales acompañados por elementos de la Sedena

Profepa clausura desarrollo turístico ilegal en Morelos

Derivado de una denuncia ciudadana, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso la clausura total temporal de un desarrollo turístico inmobiliario que se construía de manera irregular dentro del Parque Nacional El Tepozteco, en el municipio de Tepoztlán.

El operativo se llevó a cabo el pasado 15 de octubre y contó con la participación de inspectores federales ambientales, quienes estuvieron respaldados por elementos de la Guardia Nacional, la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) y personal del Ayuntamiento de Tepoztlán para garantizar el orden y la seguridad en la zona.

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Obras sin autorización en área protegida

Durante la diligencia de inspección, las autoridades identificaron trabajos correspondientes al proyecto denominado Vyda Tepoztlán, un complejo de tipo hotelero planeado en un predio de aproximadamente 2,000 metros cuadrados ubicado en la privada Quetzalcóatl, a un costado de la zona conocida como la Poza Sagrada, en la comunidad indígena de Amatlán de Quetzalcóatl.

El desarrollo contemplaba la construcción de una estancia, una alberca y diez cabañas equipadas con estructura metálica y tablaroca. Sin embargo, al solicitar los permisos correspondientes, se constató que el responsable de las obras carecía de la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), requisito indispensable para cualquier tipo de edificación en Áreas Naturales Protegidas (ANP).

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Ante esta violación a la normatividad ambiental, la Profepa aplicó la medida de seguridad consistente en la clausura total temporal del sitio.

Zona de alto valor ecológico

El predio afectado se localiza en la región conocida como el Bosque de Agua, un ecosistema de suma relevancia estratégica para la región centro del país debido a su capacidad de captación, infiltración y recarga de los acuíferos que abastecen de agua a la entidad.

La actuación de la autoridad federal se fundamentó en el artículo 28, fracción XI, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como en su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental y demás disposiciones aplicables.

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Sanciones y ruta jurídica

La Profepa informó que, tras esta intervención, iniciará el procedimiento administrativo correspondiente para fincar responsabilidades. Como parte de este proceso, se ordenará al infractor someterse a la evaluación ambiental ante la Semarnat o, en su defecto, implementar las acciones de restauración ecológica necesarias para resarcir el daño causado a la zona protegida, sin descartar la imposición de multas económicas conforme a la ley.

Con esta acción, la dependencia federal refrendó su compromiso con la vigilancia estricta de las áreas naturales del país y la atención oportuna a los reportes de la ciudadanía para frenar daños al patrimonio ambiental.

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