El Senado aprobó el 3 de noviembre una reforma que permitiría multar con hasta 4.69 millones de pesos a proveedores de internet que resulten responsables por infracciones a derechos de autor cometidas por sus usuarios.
Para quienes usan esos servicios, el cambio más directo es que las empresas deberán publicar reglas para terminar el servicio en casos de reincidencia.
La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, conocida como ley antimemes en el debate legislativo, obtuvo 72 votos a favor y 37 en contra en lo general. En lo particular, el pleno la aprobó con 70 votos a favor y 37 en contra. Tras la votación, el Senado remitió el decreto al Ejecutivo federal.
La multa millonaria se dirige a los proveedores
El decreto establece cuándo una empresa puede responder por una infracción cometida por un usuario. Entre los supuestos previstos están que el proveedor contribuya a la infracción y tenga conocimiento de ella, o que pueda controlar la conducta del usuario y obtenga un beneficio económico directo de esa actividad.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) aplicaría las sanciones. Para las infracciones con el rango más alto, el decreto prevé multas de 5 mil a 40 mil UMA. Con el valor de la UMA de 2026, el máximo equivale a 4 millones 692 mil 400 pesos.
¿Qué cambiaría para los usuarios de internet?
Los proveedores deberán incorporar a sus términos y condiciones una política para terminar el servicio a usuarios reincidentes en infracciones de derechos de autor. También tendrán que mantenerla disponible en su sitio web y prever mecanismos para notificar al usuario.
El apodo «ley antimemes» alude a una preocupación planteada por la oposición. Sus legisladores advirtieron que, ante un reclamo de derechos de autor y el riesgo de una multa, las empresas podrían preferir retirar una caricatura, una sátira o una publicación periodística. Morena defendió que la responsabilidad se limita a los supuestos previstos en el decreto y que la reforma no exige vigilar de manera generalizada lo que se publica en internet.
¿Cuándo comenzaría a aplicarse la reforma?
El decreto establece un plazo de 180 días naturales a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación para que la reforma entre en vigor. Al cierre del 3 de noviembre, el último trámite confirmado era su envío al Ejecutivo federal.