Entra en vigor la ley home office; estos son los beneficios

Imagen de Moondance en Pixabay

La NOM-037-STPS-2023, en vigor desde el 5 de diciembre, regula aspectos de seguridad y trabajo en el home office, incluyendo reembolsos por servicios.

  • Por: Luz María Camacho
  • 05 Diciembre 2023, 11:45

Este 5 de diciembre comenzó a aplicarse la recién establecida NOM-037-STPS-2023, la cual aborda las normativas sobre seguridad y condiciones laborales relacionadas con el home office o teletrabajo. Esta normativa contempla aspectos que van desde el reembolso por el uso de conexión a internet y electricidad hasta el cumplimiento de los horarios laborales establecidos.

¿Qué es la NOM-037-STPS-2023 del home office?

El 9 de junio del presente año se publicó a través del Diario Oficial de la Federación, la norma NOM-037-STPS-2023, que estipula las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, específicamente la de Teletrabajo, mejor conocida como "Home Office".

Durante la pandemia del COVID-19, el enclaustro de todas las personas en el mundo llevo a ejercer modelos remotos para asistir la educación y el trabajo. De esta manera se popularizó el término "Home Office", para definir las labores remotas.

Si bien, hace tiempo que el encierro terminó, se quedaron estos modelos remotos de labor, ya que simplificaron tanto el modelo educativo y laboral, evitando la necesidad de asistir de manera presencial a las actividades. 

Ante estas variaciones, las reformas tuvieron que ser actualizadas para aquellos que forman parte de este nuevo formato. 

En junio de este año se presentó una reforma a la Ley Federal del Trabajo, que desde enero de 2021, año en que se agregó un nuevo capítulo para establecer las condiciones de dicha modalidad, formalizaba de manera legal las relaciones a acatar entre empleado y empleador. 

Esta normativa es aplicable a todo trabajador que realice el 40% de sus actividades en un domicilio distinto al centro de trabajo. 

Esta normativa ofrece disposiciones como:

  • Los empleadores deberán cumplir con obligaciones como proveer las herramientas necesarias para el desempeño de sus labores.
  • Los empleadores deberán sufragar el pago proporcional por consumo de internet, energía eléctrica, computadora, celular, o lo necesario para el trabajo
  • Se debe reconocer un derecho de desconexión respetando solo las jornadas laborales y no hacer uso de vacaciones, permisos y licencias para cualquier actividad laboral.
  • Los empleadores deben atender que los espacios de trabajo sean seguros y que cuenten con condiciones óptimas como ventilación o iluminación.
  • Se debe reconocer que aunque se trate de una modalidad diferente a la presencial, se tienen los mismos derechos que el trabajador regular, ya sea derecho a la sindicalización, negociación colectiva y a tener contacto con sus compañeros.

Estas y muchas otras disposiciones se pueden consultar a través del portal del DOF para asegurar el trato digno y establecido para aquellos trabajadores que formen parte de este formato.

Compartir en: