VIE 14 FEB
30°

Nacional

Depósitos bancarios podrán ser embargados por el SAT

Por: Redacción

16 Diciembre 2021, 19:23

Compartir

Los cambios en el Código Fiscal de la Federación facultarían al Servicio de Administración Tributaria a realizar embargos de bienes o depósitos bancarios

Ciudad de México.- Cambios en el Código Fiscal de la Federación podrán facultar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a realizar embargos de bienes o incluso los depósitos bancarios.Será a partir de 2022 cuando con la adición al artículo 151 Bis, el SAT podrá notificar a los contribuyentes, mediante el buzón tributario, que existe un proceso de embargo en su contra.En caso de que el SAT detecte en los depósitos bancarios una discrepancia fiscal, es decir, que dichos movimientos no correspondan con lo declarado por el contribuyente o existan inconsistencias.En caso de que ocurra esta situación, se procederá a notificar al titular de la cuenta, mediante el buzón tributario, cualquier acción a ejecutar; si después de 72 horas del aviso, no existe respuesta, el SAT podrá aplicar el embargo de cualquiera de estos bienes:- Depósitos bancarios- Bienes inmuebles- Bienes intangibles- Acciones- Bonos- Cupones vencidos- Valores inmobiliarios- Componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida- Depósito en moneda nacional o extranjera que sea realizado en cualquier tipo de cuenta donde el contribuyente deudor sea titular

Comentarios