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Conoce las 12 prestaciones mínimas a las que tienes derecho en tu trabajo

Como trabajador formal, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, tienes derecho como mínimo a 12 prestaciones. Aquí te detallamos cada una de ellas

Cuando firmas un contrato con una empresa, tanto el trabajador como el patrón están obligados a cumplir con ciertas obligaciones especificadas en la Ley Federal del Trabajo.Entre dichas obligaciones, los patrones tienen que garantizar por lo menos 12 prestaciones básicas a su trabajador, conoce cuáles son.AguinaldoDe acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo se debe de pagar en diciembre a más tardar el día 20 y debe de corresponder a, por lo menos, 15 días del salario.Vacaciones y prima vacacionalTodos los trabajadores con más de un año en la empresa pueden gozar, por lo menos a seis días de descanso. En los mismos se les deberías de pagar un 25 por ciento más del salario que se tiene. Cada año adicional de servicio se agregan dos días adicionales, hasta llegar a 12.Prima dominicalSi se trabaja el domingo, el patrón está obligado a pagar el 25 por ciento más del salario base.Día de descanso semanalTodos los trabajadores tienen derecho a un día de descanso por cada seis trabajados. Además son descansos obligatorios los marcados por la SPTS. Si se requieren los servicios del trabajador en esos días, se les deberá de pagar dobles. te puede interesarVinculan a proceso a policías que asesinaron a salvadoreña en Caribe mexicanoLicencia por maternidadLas mujeres trabajadoras tienen derecho a descansar seis semanas antes y seis semanas después del parto.Licencia por adopciónPor si no lo sabías, si adoptas a un infante, las mujeres tienen derecho a seis semanas de descanso pagados.Licencia de paternidadLos padres tienen derecho a no asistir al trabajo cinco días laborales cuando nazca un hijo suyo o si se adopta alguno.Periodo de lactanciaTendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno para alimentar a sus hijos.Prima de antigüedadPago adicional de 12 días de salario por cada año de servicio. En el caso de no laborar el año completo, se pagará parte proporcional según el tiempo trabajado. El trabajador debe recibirlo cuando se separe voluntariamente de su empleo, siempre que haya laborado 15 años o más en la empresa.UtilidadesDel 1 de abril al 30 de mayo tratándose de empresas y del 1 de mayo al 29 de junio tratándose de personas físicas, es el derecho que tienen los trabajadores a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón el año anterior por los servicios o actividad productiva. te puede interesar¡No se te olvide! Horario de Verano: ¿Se adelanta una hora o se atrasa? Aquí te explicamosEn la renunciaSalario del periodo que corre, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades, prima de antigüedad por 15 años o más, se otorgarán al trabajador que da por terminada su relación con el trabajo.DespidoRecibirá indemnización constitucional (pago de tres meses de salario, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades, prima de antigüedad,) y en caso de que demande reinstalación a su puesto de trabajo, y su patrón se la niegue, además de los conceptos aludidios percibirá 20 días de salario por año de servicios prestados, más salarios vencidos.


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