La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por primera vez, que la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis incluye la preparación de alimentos como brownies o galletas.
Por siete votos contra dos, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama y ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) expedir a un particular un permiso que contemple expresamente esta práctica.
La resolución derivó de un recurso de inconformidad presentado por una persona que acusó a la autoridad sanitaria de imponer restricciones excesivas a un permiso obtenido tras un litigio.
La Corte consideró que Cofepris se excedió al prohibir la preparación de alimentos con cannabis para consumo personal, al señalar que esta práctica no implica por sí misma una transformación sustancial de la sustancia ni la convierte en un producto sujeto a un régimen sanitario especializado.
El fallo se sustenta en la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, emitida en junio de 2021, con la que el máximo tribunal eliminó la prohibición absoluta del consumo lúdico de cannabis y THC.
Sin embargo, los ministros mantuvieron las restricciones para incorporar cannabis en medicamentos, remedios herbolarios y otros productos por los riesgos sanitarios, así como para utilizarlo en cigarrillos electrónicos, vaporizadores y dispositivos similares.
La resolución también mantiene prohibiciones para consumir cannabis en perjuicio de terceros, frente a menores de edad o en lugares públicos sin consentimiento, además de impedir su uso al conducir vehículos u operar maquinaria peligrosa. Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González votaron en contra del proyecto.
Esquivel advirtió que los alimentos preparados con cannabis podrían representar riesgos para la salud y ser ingeridos accidentalmente por menores, mientras que Ríos consideró que la propuesta ampliaba indebidamente los alcances de la declaratoria general y sostuvo que el derecho al libre desarrollo de la personalidad tiene como límite no afectar a otras personas, la familia o la comunidad.