Las compañías de telefonía móvil comenzaron a aplicar la suspensión de líneas celulares que terminan en cero y que no fueron vinculadas con la CURP, después de que el pasado 15 de agosto concluyó el primer plazo establecido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT). El procedimiento deberá ejecutarse dentro de las 72 horas posteriores al vencimiento, conforme al calendario oficial.
La medida corresponde a las líneas que permanecen sin titular identificado y no significa que el Gobierno de México desconecte directamente los teléfonos. Son los proveedores del servicio móvil quienes deben notificar a sus clientes y aplicar la deshabilitación de las líneas que incumplieron con el registro correspondiente.
Aunque la medida a causado polémica, ciudadanos consideran que la acción para la prevención de delitos con tecnología celular es buena, como el caso de Martín Lauro Barrón Riojas, quien dijo que este registro protege al dueño de la línea, e incluso a su familia.
Sin embargo el esquema de registro en línea es para muchos usuarios difícil y complejo, además de que la página donde se debe realizar está con frecuencia satura y es difícil ingresar. Así lo explicó Rubén Lumbreras, usuario de TELCEL, quien prefirió y a un centro de atención a clientes para realizar el trámite.
El registro de líneas celulares busca relacionar cada número telefónico con una persona física o moral identificada, con el propósito de reducir el anonimato que puede ser aprovechado para cometer delitos como fraude, extorsión y secuestro virtual. Para personas físicas, la vinculación requiere asociar la línea con la CURP.
Líneas celulares terminadas en cero, las primeras en ser suspendidas
Los usuarios con líneas celulares cuyo último dígito es cero tuvieron hasta el 15 de agosto para realizar la vinculación ante su compañía telefónica. El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación establece que, una vez cumplida esa fecha, los proveedores deberán iniciar la suspensión dentro de un periodo máximo de 72 horas.
Antes del vencimiento, las compañías deben enviar avisos mediante mensajes de texto para informar sobre la fecha límite. Después de que el plazo concluye, los usuarios reciben una nueva notificación sobre la próxima deshabilitación del servicio y la posibilidad de completar todavía el procedimiento de vinculación.
La suspensión limita las funciones ordinarias de las líneas celulares, como llamadas, mensajes de texto y navegación mediante datos móviles. Sin embargo, permanecen disponibles determinadas comunicaciones, entre ellas llamadas a servicios de emergencia, atención ciudadana y al propio proveedor telefónico, además de la recepción de alertas relacionadas con emergencias, como las sísmicas.
El calendario para las líneas celulares continuará hasta diciembre
La suspensión de las líneas celulares terminadas en cero constituye solamente el primer vencimiento del calendario diseñado por la CRT. Los números cuyo último dígito sea uno tienen como fecha límite el 31 de agosto, mientras que las terminaciones dos y tres deberán completar el registro el 15 y 30 de septiembre, respectivamente.
Posteriormente, las líneas terminadas en cuatro deberán quedar vinculadas antes del 15 de octubre y las que concluyan en cinco tendrán como límite el 31 de octubre. Para noviembre corresponderán las terminaciones seis y siete, con fechas del 15 y 30 de noviembre, respectivamente.
El calendario concluirá con las líneas celulares terminadas en ocho, cuyo plazo vencerá el 15 de diciembre, y con las que terminen en nueve, que tendrán hasta el último día de 2026. De esta manera, el proceso de identificación se desarrollará de manera escalonada durante cinco meses.
La vinculación se realiza directamente con la empresa que proporciona el servicio móvil. La CRT estableció que las compañías son responsables de recabar y proteger los datos correspondientes, mientras que el Gobierno federal no concentrará esa información en una base de datos única.
La suspensión puede revertirse después del registro
Los usuarios cuya línea haya sido suspendida por no cumplir con el plazo todavía pueden recuperar el servicio. Para ello deberán completar la vinculación con la empresa telefónica correspondiente y acreditar los datos requeridos para asociar el número con su titular.
Una vez concluido y validado el registro, la compañía deberá restablecer los servicios que fueron suspendidos, incluidos llamadas, mensajes de texto y datos móviles. La normativa contempla así una suspensión por incumplimiento del trámite, pero no establece que el usuario pierda automáticamente su número telefónico.
La CRT informó el 25 de junio que hasta ese momento 63 millones de líneas ya habían sido vinculadas, de las cuales 40.2 millones correspondían a servicios de prepago y 22.8 millones a líneas de pospago. El organismo explicó que las líneas de prepago pendientes serían incorporadas al calendario según su último dígito.
Por ello, los usuarios deben revisar la terminación de su número y verificar directamente con su compañía si la línea se encuentra vinculada. Para quienes tienen números que terminan en uno, el siguiente vencimiento será el 31 de agosto, por lo que aún existe plazo para realizar el procedimiento y evitar la suspensión del servicio.